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La Conselleria de Cultura aumenta el presupuesto de las ayudas para la organización de actividades culturales y artísticas en un 38%Será subvencionada la organización de actividades culturales y artísticas tales como exposiciones, congresosseminariosjornadas, rutas e itinerarios culturalespublicacioneseventos u otras, desarrolladas entre el día 1 de noviembre de 2019 y el 31 de octubre de 2020, ambos inclusive y podrán ser beneficiarios las asociaciones sin ánimo de lucro y fundaciones privadasuniversidades públicas y aulas de la tercera edad

 

La Conselleria de Educación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana ha convocado las ayudas destinadas a la organización de actividades culturales y artísticas, a las que este año destinará 862.591 euros, lo que supone un aumento del presupuesto en un 38 % más que el año pasado.

Será subvencionada la organización de actividades culturales y artísticas tales como exposiciones, congresos, seminarios, jornadas, rutas e itinerarios culturales, publicaciones, eventos u otras, que hayan sido desarrolladas entre el día 1 de noviembre de 2019 y el 31 de octubre de 2020, ambos inclusive. Además, podrán ser beneficiarios de las ayudas las asociaciones sin ánimo de lucro y fundaciones privadas en cuyos estatutos figure como finalidad la promoción del arte o la cultura, así como universidades públicas y aulas de la tercera edad.

Las subvenciones se distribuyen en tres modalidades. Para las asociaciones sin ánimo de lucro y fundaciones privadas se destinan 412.591 euros, a las universidades públicas 300.000 euros y a las aulas de la tercera edad 150.000 euros. El importe máximo por beneficiario será de 12.000 euros.

 

Promoción cultural

Las ayudas son para contribuir a la promoción, difusión, diseño y organización de actividades no lucrativas de promoción cultural y artística. Las actividades deberán ser realizadas en el territorio valenciano y no deben tener subvención nominativa de la Generalitat o estar incluidas en otras convocatorias institucionales.

Tendrán la consideración de gastos subvencionables todos aquellos gastos generados exclusivamente por la organización de las actividades para las que se concede la ayuda que se hayan relacionado y cuantificado en la memoria económica del proyecto, con excepción de los ocasionados por inversiones o adquisiciones patrimoniales y la compra de material inventariable, que serán considerados gastos de mantenimiento de la entidad.

El plazo para solicitar las ayudas será diez días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el ‘Diari Oficial de la Generalitat Valenciana’.

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